Transporte de cargas CATAC
PAUT - TRANSPORTE INTERNACIONAL
De acuerdo a la Resolución Conjunta 2903/2010 de la AFIP y 183/2010 de la Secretaría de Transporte se establecieron los procedimientos de intercambio de información, por medios electrónicos, entre ambas entidades en el marco del Acuerdo Parcial de Transporte Internacional Terrestre. Considerando que, resulta conveniente establecer que los datos registrales de los transportistas internacionales habilitados por la Secretaría de Transporte de la Nación, integren el Padrón Unico de Transportistas (PAUT), cuya implementación tendrá un período de prueba de 6 meses.
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