Transporte de cargas CATAC
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De un tiempo a esta parte los empresarios de transporte vienen señalando que los Certificados de Revisión Técnica Obligatoria de los vehículos de carga consignan un peso máximo admitido menor al indicado por los fabricantes y la Ley de Tránsito y Seguridad Vial 24449.
La cuestión cobra relevancia por cuanto el peso máximo asentado en dicho certificado comporta una reducción de 1000 kilos en la carga admitida. A modo de ejemplo, basta señalar que un camión Mercedes Benz L/LS 1634 podría cargar 15500 kilos, según el certificado de RTO, cuando el peso total admitido por el fabricante se ubica en los 17300 kgs y la Ley 24449 autoriza 16500 kgs.
Tal situación motivó que Mercedes Benz Argentina S.A. realizara el reclamo pertinente ante la Consultora Ejecutiva Nacional del Transporte (CENT), organismo auditor de los talleres de revisión técnica de todo el país, requiriendo que se respete la capacidad de carga máxima señalada por los fabricantes para cada vehículo. En respuesta a la presentación efectuada por la terminal, la CENT reconfirmó la plena vigencia de la directiva impartida a los auditores nacionales y regionales a través de la nota 0617/09 del 11 de agosto de 2009, la cual señala que el peso máximo admisible que se debe consignar en el Certificado de Revisión Técnica es el indicado por el fabricante con las limitaciones de la Ley 24449




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